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El contrato de transporte marítimo de mercancías

El contrato de transporte marítimo de mercancías

El contrato de transporte de mercancías es aquél por el que el porteador se obliga frente al cargador, a cambio de un precio, a trasladar mercancías de un lugar a otro y ponerlas a disposición de la persona designada en el contrato.

Mediante este contrato las partes, por una parte el fletante (es decir, el armador) y por otra parte el fletador, acuerdan la obligación, con carácter oneroso, del transporte de unas mercancías mediante un buque.

El pago de este servicio se denominará flete, y será ésta obligación primordial que contrae el fletador en virtud de dicho contrato.

El contrato de compra-venta internacional de mercancías determina quién es reponsable de contratar el transporte marítimo y por cuenta de quién y, por tanto, cuales son las condiciones que rigen entre el porteador y el usuario.

En el transporte marítimo, los términos Incoterms determinan el significado de ciertas cláusulas de transporte utilizadas en el comercio internacional, precisando los deberes responsabilidades y riesgos del comprador y vendedor en la compra-venta internacional, a fin de evitar errores de interpretación.

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